
La preexistencia del bien puede ser acreditada mediante declaración
Conforme con lo establecido en la Casación Nº646-2015/HUAURA y Recurso de Nulidad Nº186- 2019/LIMA NORTE, nuestro ordenamiento jurídico procesal se rige por el sistema de la sana crítica racional de la prueba y, en este aspecto, si no existe boleta, factura y/o comprobante de pago que corrobore la cuantía del bien, es válido dar por acreditada la preexistencia […]